La regla: el IVA no era subvencionable
Las bases del Kit Digital lo decían sin rodeos: el IVA, el IGIC y el IPSI devengados no eran gastos subvencionables (artículo 19.2 de la Orden ETD/1498/2021). El bono cubría la base imponible de las soluciones, hasta el máximo de cada categoría y del segmento, pero nunca el impuesto que se repercutía en la factura.
La misma regla se aplicaba en Kit Consulting, el programa de asesoramiento digital de Red.es para empresas de 10 a menos de 250 empleados: sus bases, la Orden TDF/436/2024, también excluían el IVA. Los dos programas tienen hoy las convocatorias cerradas, Kit Digital desde el 31 de octubre de 2025 y Kit Consulting desde el 31 de marzo de 2025.
Que el IVA no fuera subvencionable no significaba que se perdiera siempre. Dependía de la situación fiscal de cada empresa, y ahí estaba la diferencia entre un adelanto de tesorería y un coste real.
Qué suponía en una factura concreta
Tomemos un ejemplo hipotético. Un taller de reparación con cinco empleados estaba en el Segmento II, con un bono de 6.000 €. Firma un acuerdo por una solución de gestión de procesos con una base de 4.000 € y otro por una de ciberseguridad con una base de 2.000 €. Los dos importes caben en su bono, y suponemos que cada uno respeta el máximo de su categoría para el Segmento II.
Las facturas llevan el IVA al tipo general del 21 %: 840 € en la primera y 420 € en la segunda. La ayuda cubre los 6.000 € de base y el taller paga 1.260 € de impuesto. En Canarias se aplicaría el IGIC y en Ceuta y Melilla el IPSI, con sus propios tipos, pero la lógica es la misma: el impuesto no lo cubre el bono.
Si la base pactada superaba lo que cubría la ayuda, por ejemplo porque el agente ofrecía funcionalidades adicionales, la diferencia también corría a tu cargo, con su IVA. Por eso conviene distinguir siempre tres cifras: la base que cubre el bono, la base que pagas tú y el impuesto total.
Fuente: Elaboración propia a partir de la Orden ETD/1498/2021, artículo 19.2 (BOE)
Cuándo podías recuperar ese IVA
Para muchas empresas, el IVA no subvencionado era IVA soportado deducible. Si tu actividad está sujeta y no exenta del impuesto y la solución se destina a ella, lo normal es que puedas deducir esa cuota en tu autoliquidación periódica. En ese caso, el IVA es un adelanto de tesorería que recuperas semanas o meses después.
Hay situaciones en las que ese IVA se queda como coste. Estas son algunas típicas:
Todo esto es orientación general, no asesoramiento fiscal. Tu gestoría puede confirmarte en qué caso estás, y es mejor saberlo antes de comprometer un presupuesto que al recibir la factura.
- Actividades exentas de IVA, como determinados servicios sanitarios, educativos, financieros o de seguros: normalmente no permiten deducir el IVA soportado.
- Comercio minorista en recargo de equivalencia: el comerciante no presenta autoliquidaciones de IVA por esa actividad, así que el impuesto soportado es un coste.
- Empresas que aplican la regla de prorrata porque combinan operaciones con y sin derecho a deducción: solo recuperan una parte.
- Autónomos con uso mixto, privado y profesional, de un equipo o servicio: la deducción puede quedar limitada.
El efecto en tu tesorería
Aunque el IVA sea deducible, hay que pagarlo antes de recuperarlo. En el Kit Digital, la primera fase de ejecución incluía la implantación y la emisión de la factura en un máximo de tres meses desde la validación del acuerdo. Si declaras el IVA cada trimestre, entre el pago y la compensación pueden pasar varias semanas.
En el ejemplo del taller, los 1.260 € salen de caja al pagar las facturas y vuelven en forma de menor cuota a ingresar, o de saldo a compensar, en la autoliquidación del trimestre. Para un negocio pequeño con márgenes ajustados, ese desfase puede coincidir con otros pagos fuertes, como los impuestos trimestrales o las pagas extraordinarias.
Una forma sencilla de prepararlo es anotar en tu previsión de caja la fecha probable de cada factura y la fecha en que recuperarás el impuesto. Si firmas varios acuerdos, escalonarlos dentro de los plazos permitidos evita que todo el IVA coincida en el mismo mes.
Errores que convenía evitar
La idea de que el Kit Digital salía «gratis» era engañosa precisamente por el IVA. Estos son los fallos que conviene evitar con este impuesto, tanto si revisas un expediente antiguo como si preparas un proyecto nuevo:
- Comparar el precio total con el tope de la categoría: lo que cubría la ayuda era la base, no el importe con impuestos.
- No reservar dinero para el impuesto y tener que aplazar otros pagos al recibir la factura.
- Dar por hecho que el IVA se recupera sin comprobar si tu actividad está exenta o en recargo de equivalencia.
- Aceptar facturas que no separan con claridad la base, el tipo aplicado y la cuota.
- Fiarse de ofertas que prometían un coste cero sin explicar quién pagaba el impuesto.
- No guardar las facturas: la documentación justificativa debía conservarse al menos cuatro años.
Qué tener en cuenta en las próximas ayudas
Muchas ayudas excluyen el IVA, pero cada programa lo fija en sus bases y no conviene darlo por hecho. Ahora mismo no hay ninguna convocatoria de Kit Digital ni de Kit Consulting abierta, y tampoco existe un «Kit Digital 2027» oficial con condiciones publicadas.
El bono empresarial de inteligencia artificial del Plan IA360, con 600 M€ y convocatoria general prevista antes de final de 2027, todavía no tiene publicada la lista de gastos subvencionables. No se sabe cómo tratará el IVA, igual que no se conocen su importe por empresa ni su porcentaje de cofinanciación.
Mientras tanto, cuando prepares un proyecto de digitalización, presupuesta siempre con impuestos:
- Pide los presupuestos con la base y el IVA desglosados.
- Confirma con tu gestoría si podrás deducir el impuesto y en qué plazo.
- Calcula la tesorería necesaria entre el pago y la recuperación.
- Si el proyecto depende de una ayuda, lee en sus bases qué gastos cubre antes de firmar nada.
Fuentes consultadas
BOE · Orden ETD/1498/2021, bases del Kit DigitalBOE · Orden TDF/436/2024, bases de Kit ConsultingBOE · Convocatoria de Kit Consulting (C012/24-SI)Sede de Red.es · Convocatoria de Kit ConsultingRed.es · Cierre de las dos últimas convocatorias (31/10/2025)La Moncloa · Documento del Plan IA360Los ejemplos son orientativos y no implican que un proyecto sea subvencionable. La financiación depende de las bases y de la convocatoria aplicable.
Para seguir explorando
- Importes del Kit Digital por segmento y categoría
- Cómo se canjeaba el bono digital con el agente
- Documentación para tener tus ayudas y facturas en orden
- Procesos y factura electrónica
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